miércoles, 26 de enero de 2011

NO HAY CALIFICATIVOS

No hay calificativos que sean lo suficientemente expresivos para indicar el sentimiento tras ver la información que nos facilita, eso sí con cuentagotas, la Junta de Gobierno. Al parecer, y según se deduce el pasado día 12 de Enero, en la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de nuestro Ilustre Colegio de Abogados, en primer lugar se informó acerca de la asistencia al Pleno andaluz del CADECA de los Consejeros José María Rosales de Angulo, Eduardo Torres y Encarnación García. Justo poco más abajo leo que es ese Consejo Andaluz, el mismo al que han asistido mi Decano en funciones, mi Decano electo y la Presidente de la Comisión de Justicia Gratuita de mi Colegio de Abogados, el que viene a reducir a 18 el número de abogados de guardia diaria (se entiende que para toda la provincia), que en 2010 era de 23.

Fuente: http://www.icagr.es/salaprensa/previsualiza_junta.asp?ID=224 (acceso con clave)

Ya no encuentro calificativos que vengan a expresar el sentir de quien no se siente representado por los que dicen representarme. Hablar de indignación es ya algo que se queda muy corto; ¿estupor?, ¿sorpresa?, ¿desaliento? No, no encuentro los calificativos que den plena cabida a lo que siento. No llego a comprender por qué el CADECA viene a limitar en número de Letrados de Guardia para la provincia de Granada, cuando ello competencia única y exclusiva de la Consejería de Gobernación y Justicia; y menos comprendo aun que en dicho CADECA estén integrados tres miembros de mi Colegio que deberían haber luchado por mis intereses.

No entiendo lo que está pasando, los que nos deben defender ya no sólo no nos defienden, sino que nos atacan cuando nos limitan los Letrados de Guardia sin que haya una norma que respalde tal decisión.

Eso sí, me queda un consuelo: y es en cuanto tomen posesión los nuevos miembros de la Junta de Gobierno pediré que BANKINTER me anticipe la miseria que me corresponda cobrar, por supuesto una vez descontados los intereses y las comisiones de rigor.

lunes, 17 de enero de 2011

FORMULAS DE PAGO

La noticia que aparecía en prensa es la siguiente:

FUENTE: http://www.europapress.es/andalucia/cadiz-00351/noticia-pizarro-anuncia-van-hacer-oferta-dialogo-colegios-abogados-establecer-formulas-pago-20110114135358.html

Y ahora las cuestiones que se nos plantean son:

¿Acaso pretende el Sr. Consejero obtener un mayor aplazamiento que el que de facto viene imponiendo a los Abogados andaluces hasta ahora?

¿No pretenderá imponer ahora una quita sobre la deuda generada durante el año 2010?

¿Querrá que los que financien esa deuda sean los de siempre, los Abogados de Oficio?

Lo que tendrían que hacer los Decanos de todos los Colegios de Andalucía, es decir, el CADECA sería:

En primer lugar, exigir a la Consejería el estricto cumplimiento de la normativa, en concreto el Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita. En dicha norma viene perfectamente detallada la fórmula de pago que ha de cumplir la Consejería y que desde su aprobación no ha respetado.

Artículo 47. Liquidación y forma de pago de la compensación económica por turno de guardia.

1. En el primer trimestre de cada año natural se tramitará el pago al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, de acuerdo con el calendario de pagos que se apruebe por la Dirección General competente en materia de tesorería previa propuesta de la Consejería competente en materia de justicia, el setenta y cinco por ciento de la cantidad total estimada para sufragar las actuaciones profesionales del turno de guardia que hayan de realizarse en el ejercicio económico, y que se determinará de conformidad con lo prevenido en el artículo 36 del presente Reglamento.

Una vez percibidos dichos fondos el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados deberá distribuirlos entre los Colegios de Abogados en función de las cantidades que les correspondan

a cada uno de ellos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento.

2. Antes de la finalización del último trimestre de cada año natural, la Consejería competente en materia de justicia tramitará el pago de la cantidad restante o, en su caso, se procederá al reintegro de las cantidades anticipadas que procedan.

Artículo 50. Liquidación de la compensación económica por turno de oficio.

1. Los profesionales procederán a la liquidación de las cantidades que se les deben abonar, conforme a lo previsto en el artículo anterior, en el plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del correspondiente trámite o procedimiento.

2. La liquidación se presentará bien a través del sistema informático común que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de justicia, o bien en otro soporte ante el Colegio profesional correspondiente, siendo en este último caso responsabilidad de dicho Colegio Profesional el traslado de los datos necesarios al referido sistema.

En segundo lugar exigir que se redacte un nuevo Reglamento de Justicia Gratuita para Andalucía que mejore las condiciones en que se prestan los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita.

Y en tercer lugar requerir a la Consejería para que inicie de forma inmediata los trámites necesarios para extender la asistencia sanitaria pública a todos los Abogados andaluces.

Por estas razones el Colegio de Abogados de Cádiz está hoy en pie de guerra, habiendo convocado concentraciones en protesta tanto por el retraso en el pago como por la carencia de asistencia sanitaria pública:

* http://www.diariodecadiz.es/article/provincia/880115/los/letrados/se/concentraran/porque/no/cobran/por/turno/oficio.html

* http://www.europasur.es/algeciras/detail.php?id=880217#opi